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Opinión en Asamblea

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Hacia un país posible

Sobre el autor

Alfredo Asti tiene 70 años, 2 hijos y 3 nietos. Es Contador Público jubilado y desde 2005 Diputado Nacional por Asamblea Uruguay-Frente Amplio. Integra las Comisiones de Hacienda; Transparencia, Lavado de Activos y Crimen Organizado; Municipales y Descentralización; Investigadora de Financiamiento de Campañas Políticas, integrada de Presupuesto y Hacienda, etc. Es vicepresidente del Parlatino por Uruguay. Desde julio de 2000 hasta febrero de 2005 fue Director General del Departamento de Recursos Financieros de la Intendencia de Montevideo. Frenteamplista independiente desde 1971, miembro de la Dirección del Movimiento de Frenteamplistas No Sectorizados (1985-1994), Co-fundador de Asamblea Uruguay en 1994.

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Imprescindible e impostergable

01.Jun.2017

La Reforma del Servicio de Previsión Social Militar implica una Reforma estructural que persiga la búsqueda de la mayor sustentabilidad y convergencias con los otros sistemas de seguridad social vigentes.

Entendemos que existen 3 razones por las cuales esta reforma resulta impostergable: 

1 - Porque en los últimos períodos de Gobierno todos los demás sistemas previsionales fueron modificados buscando su sustentabilidad y la convergencia de beneficios y condiciones. 

2- Porque es necesario y justo buscar mayor equidad y convergencia en el régimen de pasividades y pensiones ya que, más allá de las características del servicio militar, no pueden existir tantas e irritantes diferencias entre los distintos sistemas de Seguridad Social.

3- Porque el déficit del actual sistema sigue creciendo y este año llega a 470 millones de dólares que paga toda la Sociedad. 

Algunos voceros de la oposición, operadores políticos y periodísticos; al igual que militares retirados, tratan de vincular nuestra posición favorable a una reforma integral de los retiros y pensiones a militares con un revanchismo político o antimilitarismo ancestral. Nada más alejado de la realidad. Nuestra posición es consecuente sólo con la responsabilidad, la equidad (que también incluye tratar desigual a los desiguales pero para buscar la convergencia) y la oportunidad. 

Otros lo vinculan a la ideología y aquí sí hay algo de verdad, pero no con la interpretación que esos mismos actores le dan. Es ideológico buscar que los recursos públicos estén prioritariamente destinados a satisfacer las necesidades fundamentales de la mayoría de la población. Por ello, rechazamos que el sistema actual de retiros y pensiones militares tenga un abultado déficit, que pagan todos los uruguayos, y beneficia a un sector muy pequeño de nuestra ciudadanía. No desconocemos las particularidades de la carrera militar, sus exigencias e inhibiciones, y es por ello que creemos que deben tener un tratamiento distinto al de los civiles. No obstante, ese tratamiento distinto no puede ser contradictorio con principios de universalización y convergencia de los derechos de la Seguridad Social. 

Esa misma ideología de izquierda que nos lleva a querer cambiar estructuralmente ese sistema de retiros y pensiones, es la que nos lleva a apoyar las políticas sociales comprendidas en el Plan de Equidad (que también tratan desigual a los desiguales para buscar su inclusión social), las políticas de inclusión digital a niños, jóvenes y adultos mayores, a través de entrega de computadoras, o el financiamiento del FONASA, que también implican muchos egresos públicos, pero con la diferencia que éstos son a favor de cientos de miles de ciudadanos. Estos “costos” presupuestales son justamente criticados por quienes en cambio no le preocupan los 470 millones de dólares que este año deberá aportar la sociedad para mantener las prestaciones del Servicio de Retiros y Pensiones Militares. ¿Acaso eso no es ideológico?

Hechas estas aclaraciones, corresponde también dejar expresa nuestra posición con una primera lectura, que debemos profundizar y analizar, del proyecto presentado por el Poder Ejecutivo sobre el tema. 

El proyecto aborda la mayoría de los temas que consideramos debería tener una reforma estructural como la concebimos. Léase, aumento de años de edad y retiro, cómputo de los años efectivos de servicio (no incluyendo los del liceo militar), tasa de remplazo, no acceder a la pasividad con el grado superior al que se tiene en actividad, recorte de bonificaciones, topes máximos y mínimos, equiparación del régimen pensionario con el general, etc.

De igual modo aborda temas que implican una necesaria equivalencia de los activos con el resto de los funcionarios públicos (y trabajadores privados) sobre gravabilidad de todas las partidas que integran la remuneración (lo que hoy no sucede) y el aporte personal del 15% (hoy es del 13%). Estas modificaciones no alteran las retribuciones líquidas, en tanto se aumentará el nominal para compensarlas. Asimismo, como corresponde, se extiende a los integrantes de este colectivo, los beneficios del régimen general (que hoy no tienen), como el cómputo para las mujeres de un año de servicio por cada hijo nacido o adoptado (con un tope de 5 años) y las pasividades por edad avanzada y subsidio transitorio por incapacidad parcial.

Adicionalmente, se agrega una modificación (muy menor) a la forma de dirección del servicio integrando delegados de los Ministerios de Economía y de Trabajo y Seguridad Social. También se derogan la multiplicidad de normas de todo tipo (algunas incluso desconocidas aún), que regulaban el otorgamiento de beneficios adicionales a los retirados y pensionistas.

Las reformas, en lo que tiene que ver con recortes de beneficios excesivos, se hacen con una cadencia de modificaciones, a nuestro entender, mucho más pausada que lo que las circunstancias lo ameritan. La fecha de entrada en vigencia será en Enero de 2019 y se prevén tres conjuntos de afiliados: los que tienen menos de 10 años de servicio (a quienes les corresponderá el nuevo régimen), los que tienen más de 10 y menos de 20 años de servicio (a los que le corresponde un régimen de transición que se acerca al actual cuanto más años de servicio se tiene) y para más de 20 años, a los que se le mantiene en general el sistema actual.  

También en capítulos por separado se establecen normas diferenciales para los retiros voluntarios (que se equipara con el régimen general de pasividades) y los retiros obligatorios previstos por ley (años de edad, permanencia en el cargo o decisión del Poder Ejecutivo).   

Nadie desconoce la necesidad de tener un período de transición y de respetar derechos adquiridos, pero precisamente por las causas que mencionábamos al principio, entendemos que debería atenderse soluciones con menor plazo y mayor amplitud de involucrados, teniendo en cuenta que en las otras reformas estructurales de Instituciones de Seguridad Social (BPS, Bancaria, Profesionales y Policial) fueron mucho más breves y con mayor amplitud de incluidos en el nuevo régimen modificado.

Esto nos lleva a concluir que más allá del apoyo a la iniciativa y la eventual discusión de cambios a nivel parlamentario, debemos dar un pronto tratamiento a este proyecto y al que lo complementa, con la creación de una contribución especial y temporal (18 meses) a cargo de las mayores pasividades actuales (que no son alcanzadas por la Reforma) y que implica un financiamiento adicional (menor al 10%) del abultado déficit que tiene el organismo. 

Nuevamente aquí reiteramos que no hay ningún aspecto de animosidad hacia quienes reciben retiros o pensiones de montos abultados, sino la necesidad de pedirles precisamente a quienes más ganan que aporten transitoriamente algo más y con tasas que crecen en forma progresional para aliviar levemente la pesada carga que debe llevar el resto de la ciudadanía para financiar su sistema de seguridad social. Este tributo solo alcanzará a las pasividades mayores a 180  BPC anuales ($ 650.000), lo que significa el 20% de quienes reciben retiros o pensiones. El 80% restante, que en general son personal de tropa, no verán modificado sus ingresos.             

Estamos ante una necesaria e impostergable modificación estructural del Servicio de pasividades de un colectivo particular, que no se modificaba desde 1974 (salvo algunas disposiciones legales de 1992), cuando las circunstancias del país y de este colectivo eran muy distintas a las actuales. De igual modo, y quizás más importante aún, porque en estos más de cuarenta años los indicadores demográficos y sociales han cambiado sustancialmente. En el régimen general (con una edad mínima de 60 años) el promedio de edad de retiro es de 65 años y las expectativas de vida (y de vida plenamente activa) han crecido significativamente, por lo cual no resultan sustentables los retiros voluntarios con treinta y pico de años y una decena de años de servicios. Esto ha llevado, junto a la reducción de efectivos y un régimen pensionario muy amplio, a una insostenible relación de dos pasivos por cada activo. 

Concluyendo, creemos que, desde el Parlamento, debemos actuar con máxima responsabilidad y oportunidad ante esta difícil situación.     

 

Ver nota anterior: Reforma de la Caja Militar: democrática y progresista