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Opinión en Asamblea

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Hacia un país posible

Sobre el autor

Alfredo Asti tiene 70 años, 2 hijos y 3 nietos. Es Contador Público jubilado y desde 2005 Diputado Nacional por Asamblea Uruguay-Frente Amplio. Integra las Comisiones de Hacienda; Transparencia, Lavado de Activos y Crimen Organizado; Municipales y Descentralización; Investigadora de Financiamiento de Campañas Políticas, integrada de Presupuesto y Hacienda, etc. Es vicepresidente del Parlatino por Uruguay. Desde julio de 2000 hasta febrero de 2005 fue Director General del Departamento de Recursos Financieros de la Intendencia de Montevideo. Frenteamplista independiente desde 1971, miembro de la Dirección del Movimiento de Frenteamplistas No Sectorizados (1985-1994), Co-fundador de Asamblea Uruguay en 1994.

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Una justa solución para los “Cincuentones”

26.Oct.2017

En primer lugar, cabe aclarar que el problema proviene de un error de diseño de la Ley original de 1995, que genera un trato injusto con los llamados “cincuentones” de hoy, a quienes ahora debemos encontrarles una solución.

Para poder comenzar a entender este Proyecto de Desafiliación del Régimen de Jubilación por Ahorro individual obligatorio previsto por la Ley N°16.713, debemos tener en claro ciertos temas en relación a quiénes, cuándo y cómo quedan incluidos en la opción de desafiliación.

El universo incluido en el proyecto son aquellas personas con 50 o más años de edad al 1° de abril de 2016, comprendidas obligatoriamente en el régimen de jubilación por ahorro individual, Ley 16.713, las cuales podrán optar o no por salir de ese régimen.

En referencia a la opción de desafiliación, el proyecto prevé que la misma se realizará con carácter retroactivo quedando comprendidos en el régimen de transición (solidaridad) siempre que no se encuentren ya jubilados a la fecha de vigencia de la Ley.

Con respecto al procedimiento, para ejercitar el derecho a la desafiliación se deberá contar preceptivamente, es decir obligatoriamente, con el previo asesoramiento del Banco de Previsión Social (BPS).

¿Cuáles son los Plazos para solicitar este asesoramiento del BPS?

• para mayores de 56 años al 1º de abril de 2016, el plazo es de un año a contar desde la entrada en vigencia de la Ley

• para los que tenían entre 53 y 55 años al 1 º de abril de 2016, el plazo es de un año a contar desde que se cumple el primer año de entrada en vigencia de la Ley

• y los que tenían entre 50 y 52 años al 1º de abril de 2016, el plazo es de un año a contar desde que se cumplen dos años de la entrada en vigencia de la Ley

En ese asesoramiento el BPS informará la estimación de los montos de pasividad por ambos regímenes al retirarse a los 60, 63 o 65 años.

El BPS deberá realizar el asesoramiento dentro del año de recibida la solicitud (este plazo podrá ser prorrogado por un año por el Poder Ejecutivo) y la decisión de desafiliación deberá tomarse dentro de los 90 días de haber recibido el asesoramiento.

Luego de decidir la opción de desafiliación, los fondos del trabajador acumulados en la AFAP se trasladarán a un fideicomiso propiedad del BPS, a partir de esa fecha el trabajador comenzará a aportar exclusivamente al BPS. Desde el sexto año de constituido el fideicomiso, éste realizará transferencias anuales (de los montos acumulados más la rentabilidad) pagaderas semestralmente al BPS durante 20 años para financiar parcialmente las mayores erogaciones por jubilaciones que se pagarán por la aplicación del Proyecto.

Por otra parte, quienes opten por la desafiliación prevista y hayan topeado sus aportes por encima del tercer nivel previsto en la Ley 16.713, (hoy más de $146.000) deberán abonar al BPS en 72 cuotas mensuales, en Unidades Reajustables, el monto de los aportes no vertidos según régimen de transición (solidaridad).

Con este esquema, en la primera década a partir de 2018-2019, el BPS podrá tener ingresos positivos y luego mayores costos netos en las cuatro décadas siguientes. Los mayores gastos que determine las pasividades servidas a estos trabajadores, serán atendidos por Rentas Generales.

Tratamiento Parlamentario

Si bien inicialmente el tema fue pasado en agosto a la Comisión de Seguridad Social de Diputados, la cual está integrada solamente por 3 miembros, siendo solo uno del Frente Amplio y teniendo la oposición la Presidencia de la Comisión, posteriormente en la bancada del Frente Amplio se decidió plantear a la Cámara de Diputados integrarla con la Comisión de Hacienda, la cual cuenta con 11 miembros con mayor experiencia en temas fiscales, lo cual se aprobó.

Por la Comisión Integrada ya han pasado todos los invitados que solicitó la oposición, algunos de los que tuvieron papel importante en la gestación de la reforma de Seguridad Social en 1995, como el Ec. Ariel Davrieux, el Dr. Rodolfo Saldain, el Ec. Forteza, y el ex director de la Dirección Actuarial del BPS Cr. Luis Camacho. También recibimos al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, representantes de trabajadores de BPS, PIT-CNT, BPS en dos oportunidades, Asociación Nacional de AFAPS y AFAP República. Por último, esta semana, la Comisión recibió al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y al Banco Central del Uruguay. Este último emitió recientemente una circular en relación a la Tasa de Mortalidad y Rentas Vitalicias según lo mandata la Ley, y que impacta a mediano y largo plazo en todas las pasividades futuras del régimen mixto, incluidas las de los cincuentones. El MEF se comprometió a volver en un par de semanas para ampliar su análisis respecto a los distintos impactos de la solución prevista y otras alternativas.

Más allá de la unánime posición de buscar soluciones al tema de un grupo de decenas de miles de personas que verán reducidos sus haberes jubilatorios en el régimen mixto respecto de los que corresponde por el sistema de Transición (solidaridad), se han presentado diferencias notorias en los cálculos de los universos involucrados y por consiguiente el costo fiscal asociado a los mismos.

En particular se destaca que el primer análisis del proyecto de ley se realizó en base a proyecciones del BPS realizadas con anterioridad a la presentación del articulado del proyecto. En esas hipótesis se manejaba un entorno de 30.000 personas que podrían cambiar de régimen con un menor costo final de la modificación.

Una vez delimitado por el articulado el universo que podrá hacer uso de la opción, en un nuevo informe del BPS recibido la semana pasada, se amplió el mismo a un mínimo de 28.168 y un máximo de 70.559 personas (de un total de 130.000 comprendidas por edad), con el consiguiente abanico de costos. La base de esta estimación se toma proyectando los resultados de los asesoramientos solicitados y de las opciones tomadas en la instancia de la Ley 19.162, respecto del universo habilitado a hacerlo (Desafiliación en casos de incorporación voluntaria al Régimen Mixto). Con estas hipótesis, el BPS estima un costo total máximo de 3.767 millones de dólares en 48 años, y aplicando una discutible tasa de descuento del 1.5% anual, un valor actual neto de 2.557 millones de dólares. Cabe decir, calcula el valor al día de hoy de los flujos de fondos positivos y negativos en Unidades Reajustables (UR) durante las cinco décadas de impacto del sistema, descontando esa tasa financiera.

Por su parte, antes de la última presentación del BPS, AFAP República había presentado una evaluación de la situación de sus afiliados realizada caso a caso, lo que le dio un universo real de 44.252 personas a las que le convendría cambiar, dentro de un universo total de personas comprendidas por edad de 87.835, con un costo asociado de aproximadamente 3.068 millones de dólares, lo que es proyectando al resto de las AFAP, sensiblemente superior a la estimación del BPS, tanto en número de personas como de montos.

También se han propuesto en este trámite parlamentario, por parte de quienes asesoraron a la Comisión, distintas opciones que pueden combinarse entre ellas y con la solución prevista en el proyecto:

1- que la persona pueda diferir la decisión de cambiar de régimen hasta el momento de iniciar el trámite jubilatorio,

2- graduar los derechos de la opción según la edad de retiro efectivo,

3- distintos destinos de los fondos de ahorro previsional acumulados de los trabajadores que decidan pasar al régimen de transición o de solidaridad,

4- reconocimiento de los mayores aportes al BPS antes de 1996.

Estamos ante un tema de gran sensibilidad y trascendencia, los efectos de la solución que se apruebe impactarán en las próximas cinco décadas. Un análisis más exhaustivo en defensa del interés general que implique unas pocas semanas más, no afectará ningún derecho de este grupo de trabajadores, dado que el cómputo de edad ya está fijado a partir de abril de 2016.

Obviamente nuestra bancada, en consulta con el Poder Ejecutivo, deberá analizar toda la información y alternativas recibidas, para buscar y aprobar una solución justa, comprometida por el Compañero Presidente Tabaré Vázquez, a estas personas de ingresos medios y medios-altos, de forma que sea sustentable y no afecte trascendentalmente el financiamiento de otras áreas priorizadas por nuestro Gobierno y sectores más vulnerables.