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A propósito del abuso de funciones

22.Jun.2017

Se ha instalado en el Parlamento y en la opinión pública un debate interesante sobre la eventual derogación del artículo 162 (Abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley) de nuestro Código Penal. Por Daniela Payssé.

Reafirmo lo de interesante aunque no se me escapa agregar que el mismo está plagado de subjetividades y objetividades. Entre las primeras destaco varias: "es para beneficiar amigos", "hay que dar una señal clara contra la corrupción y esto va en la dirección contraria", "no es la oportunidad", "no lo voto porque tengo juicios pendientes", " "son todos unos corruptos" "hay que derogarlo pero es una mala señal hacerlo".

Entre las segundas adhiero a la opinión de las cátedras que nos visitaron en la Comisión de Constitución y Legislación del Senado, la del Fiscal de Corte, Dr. Jorge Díaz, la de la Asociación de Magistrados, y la de legisladores que durante años, fueron coincidentes en la necesidad de eliminar de nuestro Código Penal un delito de carácter "abierto". Recuerdo iniciativas parlamentarias presentadas por los senadores Julio María Sanguinetti, del Partido Colorado y Eber Da Rosa, del Partido Nacional.

En esas comparecencias, hubo quienes, como los doctores Germán Aller y Gastón Chaves plantearon también, que es un artículo inconstitucional por violentar el artículo 10 de la Constitución, afectar el principio de legalidad y hacer entrar en crisis el principio de irrefutabilidad. Sin perjuicio de lo cual, la Suprema Corte de Justicia, en el marco de su competencia de control de constitucionalidad de las leyes, ha entendido - con distintas integraciones - que el artículo 162 no contraviene la Constitución. En síntesis: las opiniones, con algún matiz vinculado a la oportunidad y a la "señal negativa que se transmite", son coincidentes en que la tipificación, por lo expuesto anteriormente, no es garantista. Y el Derecho Penal debe ser garantista. Por eso, no nos conformó la redacción alternativa que nos propuso la JUTEP, que no eliminaba el carácter abierto cuestionado.

En la Cámara de Representantes se está estudiando la modificación y adecuación de nuestro Código Penal, estudio que comenzó a realizarse en una comisión creada en la ley 17.897 y presidida oportunamente por el Dr. Milton Cairoli, quien también opinó a favor de eliminar el artículo 162.

Ahora bien, el debate público, tiende a polarizarse y, ayudado por opiniones políticas oportunistas que intentan colocar de un lado a los buenos y del otro a los malos, está tomando un cariz, a mi juicio, equivocado.

La derogación del llamado "abuso innominado de funciones" en el Senado fue analizada con seriedad, teniendo en cuenta que nuestro país cuenta con 16 delitos tipificados de manera concreta no sólo en nuestro Código Penal, sino también en la ley 17.060 y en la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, aprobada por ley 18.056 de 14 de noviembre de 2006 de la que formamos parte. También hubo planteos de partidos de la oposición sobre eventuales redacciones alternativas que nunca llegaron. Cabe preguntarse si no llegaron porque no las encontraron ¬ es difícil sustituir un delito abierto¬ o si la decisión fue política, y se optó jugar en el terreno de la oportunidad exclusivamente.

También surgieron las propuestas demagógicas y tribuneras: el Senador Bordaberry anunció un referéndum si se deroga el artículo 162, a pesar de que siempre invoca a la Academia como fuente inspiradora de doctrina. Y saltaron los "operadores" de la ética, la moral y las buenas costumbres a sumarse al juego.

Yo voté la derogación en el Senado. Lo hice en votación nominal tal como pidió la oposición; y digo la oposición porque para pegar no muestran fisuras. Lo hice en el entendido que era mi responsabilidad y apoyada en el asesoramiento recibido. Si me quedara a esperar la mejor oportunidad para hacerlo, llego a la conclusión de que ésta no existe, ya que el juego de los buenos y los malos estuvo, está y seguirá estando presente cual absurda paradoja de la cual mi fuerza política forma parte. Recuerdo que cuando fuimos oposición nos opusimos y ahora se oponen quienes propiciaron la derogación teniendo responsabilidades de gobierno.

Soy partidaria de los parlamentos bicamerales, e integro un cuerpo que se expresa a través de dos cámaras y un partido y un sector que también se expresan en ambas. Es este Parlamento bicameral quien tiene la responsabilidad, ahora, de jugar en la otra cancha, la de la Cámara de Diputados. Voté la derogación porque concibo el trabajo en ambas cámaras como la síntesis de la labor legislativa y porque estoy convencida que esto no se resuelve por posicionamientos individuales de quienes somos legisladores, sino por decisiones colectivas de sectores y partidos.

Sería muy bueno llegar a un texto acordado. Rescato el texto redactado en la legislatura pasada en la Comisión de Constitución de la Cámara de Representantes y avalado por todos los partidos políticos, al que se puede acceder en el Anexo II repartido N° 428 de diciembre de 2014 que remite a la Carpeta N°486 de 2010. Apuesto también a la capacidad de quienes integran la Cámara de Representantes para encontrar un texto que nos represente, pero, por sobre todas las circunstancias, que termine con una tipificación que ha recibido cuestionamientos desde todos los ámbitos en que fue analizada.

DANIELA PAYSSÉ

Senadora.