El conflicto entre el Estado y Casal por la deuda tributaria de varios millones se aproxima a su fin, en paralelo con el cierre del ciclo presidencial de José Mujica.
El fin llegará ya sea porque el Tribunal de lo Contencioso Administrativo dicte su sentencia o porque la Presidencia de la República imponga su criterio de lograr un acuerdo mano a mano con Casal y sus socios. La cuestión no va a demorar más de unos meses. Eso se desprende de la información que sistemáticamente sale por fuentes del gobierno y por la prensa.
Hoy la cuestión es dicotómica: el Presidente insiste en que habría motivos para cerrar un acuerdo con Casal para evitar que éste pueda hacerle un reclamo millonario al Estado. El Vicepresidente, el Ministro de Economía y el Director de Rentas sostienen lo contrario, que el deudor de los impuestos es Casal y que el pago debe hacerlo el contribuyente en virtud de sus deudas fiscales.
¿Cómo es la cosa entonces?.
No sería justo opinar sobre el tema de fondo, porque determinar tributos, recaudarlos y gestionar su cobro es un resorte exclusivo de la relación entre la Dirección General Impositiva y cada contribuyente. En el caso concreto, Casal y todos los demás socios. Si un contribuyente tiene una disputa con la DGI, como es habitual, el camino es recurrir las resoluciones, esperar que el Poder Ejecutivo resuelva las impugnaciones y en última instancia concurrir al TCA, para que termine laudando el caso con fuerza obligatoria y definitiva para todos. Aún cuando sea tremendamente ilegal, injusto o arbitrario lo que diga la DGI, si no acceden a reconsiderarlo, lamentablemente ese es el camino que todo ciudadano debe seguir. La justicia está para eso al final de todo: para decidir lo que está arreglado a derecho o no.
Supongamos por un momento que es cierto lo que sugiere la Presidencia de la República, en línea con lo que dice Casal, respecto de que hay errores tan groseros o graves en todo el procedimiento, que en realidad Casal sería inocente en el pago de los tributos que le reclaman. Entonces, por qué el Director de Rentas, el Ministro de Economía y el Vicepresidente no acceden a enmendarlo?. O mirado desde otra perspectiva, por qué el Presidente no remueve o sanciona a los jerarcas que han sido directos responsables de ese error grave y millonario que habrían detectado, que afecta el patrimonio de un contribuyente inocente?.
Eso trae a colación lo que la misma Constitución mandata a los jueces y se aplicaría al Presidente y a cualquier jerarca público: son responsable por la más mínima agresión a los derechos de cualquier ciudadano (contribuyente o no) y deben repararlo tan pronto lo detecten.
Pero esto es así?.
Es posible que la DGI haya ido tan profundo en esta controversia (embargos, denuncias penales, juicios, etc), que aún con errores o aplicaciones ilegítimas de las normas fiscales, el daño ya está causado y no tiene retorno buscar una salida hasta que la justicia del TCA defina el partido. Salir de las madejas administrativas-judiciales, cuando la guerra es dura y la dicotomía es perder o ganar, son muy difíciles desde el punto de vista normativo, político, institucional, económico y hasta de egos personales.
Es habitual que los contribuyentes se vean obligados a pasar años litigando contra las determinaciones de la DGI y que, al fin de esa lucha, la justicia les de la razón. Ayer se informaba que Sofía Loren le ganó al Fisco italiano un juicio por tributos evadidos iniciado hace 40 años (1982), donde además de litigar, estuvo presa un tiempo en una cárcel italiana. En España están persiguiendo al matrimonio de la Infanta Cristina y su marido por corrupción y evasión fiscal hace 4 años. No sólo pasa en Uruguay. Ambos casos de celebridades que podrían asimilarse a lo que es Casal en nuestro país.
El miedo sería que los contribuyentes, si ganan, luego le hagan juicio al Estado para cobrarle los daños. Pero en Uruguay la práctica demuestra también que no son frecuentes estos juicios posteriores, diríamos que son hasta una rareza. Si Usted le gana a la DGI y debe seguir trabajando o teniendo actividades en el país (como las tiene Casal y sus socios, incluso ahora con la adjudicación de TV Digital) es preferible sanar las heridas con un buen festejo y seguir con su vida. Nadie se enfrenta a la DGI para cobrar los perjuicios, salvo que quiera “levantar el rancho” o hacer una cruzada personal donde no tenga nada que perder. También si alguien se considera infinitamente poderoso. El derecho a reclamar existirá, pero no es nada fácil largarse en esa carrera. Lamentablemente es así, por eso hablamos solo de lo que es la “realidad” en Uruguay y no de los derechos que sí se tienen para litigar.
Sin embargo, la punta de la madeja para resolver estos casos debe estar en confiar en el equipo de funcionarios y jefes de la organización fiscal, a quienes se les paga para hacer su trabajo, y exigirles respeto y solvencia en su tarea. En caso contrario, el Estado tendría que aplicar rigor extremo con todos los jerarcas y funcionarios que hayan actuado con dolo o culpa grave en el cometido de fijar y perseguir el cobro de tributos, cuando se compruebe que sus actos fueron absoluta y totalmente ilegales o arbitrarios, afectando inocentes. En otras palabras, sancionar cuando el jerarca o funcionario sigue adelante sabiendo que está realmente equivocado o queriendo imponer su arbitrariedad o su autoridad por encima del derecho. Y en todos estos casos graves el Estado debiera exigir que cualquier indemnización que deba pagar, sea millonaria o no, la solvente también el patrimonio de los funcionarios y jerarcas que han participado en ese caso.
Los tributos son cuestiones técnicas, no políticas.
Los tributos deben doler a quien los paga y también a quien –con todos los poderes extremos de hoy que tiene la DGI- los pretende cobrar arbitrariamente, a sabiendas de su prepotencia, dolo o mala fe.
El día que la política o las voluntades del jerarca de turno entren en los tributos volveremos a los principios de la humanidad cuando el monarca disponía de los bienes y vida de la gente para sacarle lo que entendía que mejor le convenía a su “intereses superiores”.