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Sentido común del Ciudadano

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Aportamos opinión sobre las cuestiones del ciudadano

Sobre el autor

Diego Galante. Uruguayo, casado y padre de 4 hijos, abogado, interesado en aportar ideas y mejorar la calidad de nuestros ciudadanos.

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El Estado puede usar el Clearing?

16.Ago.2012

 

 

Es reiterada la noticia de que distintas Intendencias, Entes Públicos y oficinas recuadadoras elaboran listas de deudores morosos para enviarlos al Clearing de Informes. Lo hacen porque deben supuestamente servicios públicos (agua, luz), multas de tránsito, tributos inmobiliarios, impuestos, sanciones administrativas,  etc.

No hay justificación alguna para avalar que los ciudadanos comunes o los contribuyentes que sean deudores reales o supuestos o presumidos del Estado y sus entes, deban enfrentar las consecuencias de quedar registrados en una base de datos privada de morosidad, por obligaciones que son esencialmente basadas en relaciones muy especiales de poder entre el Estado y un particular.

La actuación del Estado y todas sus dependencias, oficinas o autoridades, tiene que enmarcarse dentro de lo que se conoce como principio de la especialidad, que indica que solo pueden hacer y actuar si hay normas expresas habilitantes que así lo avalen. El Estado siempre debe tener un fundamento o una base legal de apoyo, como hay que exigir y no existe en el caso de la práctica de remitir morosos al Clearing de Informes.

En primer lugar, porque los derechos de todos los ciudadanos implican, entre otras cosas, que nadie puede ser objeto de investigación, sanción o coacción sin intervención de la justicia y bajo la ley. Insertar a una persona en el Clearing de Informes es en sí misma una sanción grave y no un medio de cobro. Y las sanciones son exclusivamente aquellas determinadas en la ley.

Los contribuyentes o los deudores tienen garantizado también que su privacidad, sus datos y su información quede a resguardo de la reserva comercial y del secreto tributario que tiene los entes públicos, especialmente aquellos de corte recaudador (impuesto de primaria, contribuciones inmobiliarias, etc). Es una obligación del Estado salvaguardar estos derechos, lo que no se cumple cuando traslada a una entidad privada como el Clearing de Informes esos datos e informaciones. Estas situaciones solo deberían ser resueltas en un proceso judicial, con las garantías que solo dan los jueces y atendiendo a que la ley realmente lo permita.

Además, los contribuyentes no tienen instancias de defensa previa alguna cuando se decide y se procede a remitir la información al clearing. Quedan desprotegidos y ni siquiera se los notifica en muchos casos.  ¿Cuántas veces ha ocurrido que el supuesto deudor no debía lo reclamado, o que la reclamación es incorrecta o parcial, o que tiene defectos, o que ya está prescipta, o que es otra persona ... ?.  Y una vez que se ingresa al clearing, el daño ya está causado por las consecuencias futuras en su imágen, buen nombre y en su vida comercial o financiera (aún pudiendo salir).

Aunque defendamos –como debe ser- que todos tienen que abonar sus obligaciones, no puede excusarse que los entes y organismos públicos empleen mecanismos lesivos para los ciudadanos que son verdaderas sanciones contrarias al derecho. Actualmente el Estado puede ser responsable de los daños y perjuicios que le genere a cada persona (morosa o no) enviada al Clearing de Informes, sin ley que lo fundamente. 

Porque debemos reflexionar muy bien: los ciudadanos no pueden quedar adormecidos con estos temas que diariamente ocurren, cuando el Estado pone en marcha mecanismos de fuerza, de más poder y castigo sobre el común de los ciudadanos. Frente al poder del Estado que cada día lo usa en sus relaciones con los ciudadanos, en Uruguay todavía no tenemos claras y definidas las fronteras del respeto permanente al honor, al buen nombre, a la imagen y la moral de las personas y sus familias, a la privacidad, al decoro, a la reserva, a la defensa amplia de cada uno, al castigo cuando el Estado y sus funcionarios nos lesionan o actúan arbitrariamente.