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Sentido común del Ciudadano

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Aportamos opinión sobre las cuestiones del ciudadano

Sobre el autor

Diego Galante. Uruguayo, casado y padre de 4 hijos, abogado, interesado en aportar ideas y mejorar la calidad de nuestros ciudadanos.

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Periodistas y ciudadanos perderán acceso al Estado

15.Ago.2013

 

La próxima Rendición de Cuentas, si se aprueba finalmente como está hoy, traerá un retroceso importante en el acceso de los ciudadanos, de los medios y de los periodistas a la actuación del Estado y sus gobernantes, al conocimiento de sus actos y las motivaciones. Nos referimos a los textos que cambian el universo de datos y documentos que hoy debe entregar el Estado para conocimiento público.

Si hay algo que los ciudadanos debemos congratularnos es la apertura y la presión social para que exista mayor transparencia en el manejo de la información y los dineros públicos, aunque recién en el año 2008 Uruguay dictó una ley vinculada al acceso de todos los ciudadanos a la información en poder del Estado.

No es una originalidad del país, porque en muchos lugares del mundo ya está reconocido ese derecho desde hace décadas y tiene tradiciones muy viejas que le quitan a la burocracia y jerarquías de Gobierno el escudo de actuar a espaldas o en secreto de los ciudadanos. Esto es parte de lo que se le llama “control social” de los gobernantes.

El ejemplo de mayor apertura y libertad de información es la Ley de Libertad Informativa (FOIA) de Estados Unidos, vigente desde 1966 y profundizada al máximo con el Watergate en 1974 y para los contenidos electrónicos en 1996. Todo ciudadano puede acceder a cualquier tipo de información y datos, en cualquier soporte y de cualquier dependencia, salvo que afecte la seguridad nacional, las fuerzas de seguridad, la intimidad de las personas, los secretos comerciales o profesionales y la supervisión de entidades financieras. Lo demás es de libre acceso, bastando pedirlo a la autoridad que lo tiene y siempre teniendo la protección de la justicia en caso contrario.

Seguramente el pensamiento habitual es asociar el acceso a la información con el conocimiento de un expediente, de un trámite o de una gestión personal de cada uno o de un pariente o amigo. Eso es solo una fracción de todo lo que puede conocer un ciudadano en Uruguay. Por ejemplo, cualquier persona podría pedir el acceso a la información del Antel Arena o de un presupuesto de cierto Municipio, o los aportes públicos a una entidad, permisos ambientales, etc.

Por las dudas, recordamos que nuestra ley 18.381 del año 2008 reconoció el derecho de toda persona a acceder a la información pública, sin discriminación por razón de nacionalidad o carácter del solicitante, y que se ejerce sin necesidad de justificar las razones por las que se solicita la información. Y aunque se puede pedir en cualquier momento todo tipo de información, documento, dato o consulta, bajo la modalidad que sea (expedientes tradicionales, coreos electrónicos, registros, etc.), la apertura igual no era completa, porque había varias cuestiones –muchas más que en otros países- en las que el acceso quedó prohibido.

¿Qué ocurrirá a partir de la próxima Rendición de Cuentas si resultan aprobados los cambios en esta ley?

Los ciudadanos ya no podrán tampoco conocer ciertas conductas y actos de los gobernantes, que pasarán a estar reservados o excluidos del acceso público, aunque muy preocupantes.  No será accesible la información que pueda “afectar procedimientos de control, evaluación, investigación o deliberación de los sujetos obligados, hasta que sea adoptada la decisión respectiva”. De hecho, como se ve, su aplicación puede conducir a que cualquier actuación de una entidad pública y sus jerarcas quede negada al conocimiento de los ciudadanos, con la sola decisión del gobernante. incluso el jerarca puede llegar a negar la información, declarándola reservada y confidencial, en el mismo momento en que un ciudadano se la pide. O sea, ocultar la información al público cuando lo disponga el jerarca libremente.